Opinión
“Presentar certificado médico falso es una causal de despido”
En lo que va de la emergencia sanitaria por la pandemia, decenas de trabajadores que contrajeron la covid-19 u otra enfermedad grave tuvieron que presentar un certificado médico para justificar la ausencia en su centro de empleo. Sin embargo, se han reportado casos en los que algunos empleados intentaron sorprender a sus empleadores, ya sean públicos y privados, presentando documentación que no se ajusta a la verdad.
Según explicó el especialista en derecho laboral, Frank Mantilla Rojas, esta práctica puede ser sancionada con el despido inmediato del trabajador, pues se trata de una infracción grave, estipulada en las normas laborales.
“Cuando uno presenta información falsa al empleador con la intención de sacar una ventaja económica, como un certificado médico falso, se considera una falta grave que se sanciona con el despido, es una falta flagrante”, declaró el especialista, quien es responsable del área de litigio laboral y negociaciones colectivas del estudio jurídico Bustamante Abogados.
Precisó que el descanso médico forma parte del tratamiento del trabajador para recuperarse de una dolencia a fin de que esté en óptimas condiciones para desempeñar su labor. Este trámite está regulado en la Directiva N 015-GG-EsSalud-2014 que establece los requisitos para presentar un certificado médico.
Aclaró que el empleador tiene la potestad de fiscalizar el buen comportamiento del trabajador y revisar los documentos que presenta, así como verificar si está verdaderamente mal de salud, aunque en algunos casos esto no se cumple con el rigor que debería. De igual modo, explicó que el profesional de la salud que emite estos permisos médicos que no se ajustan a la verdad, puede incurrir hasta en tres delitos graves, además de exponerse a una inhabilitación de parte del Colegio Médico.
“Se debe tener en cuenta todos los factores que están en juego. No se trata de presentar certificados con información falsa. Esto amerita sanciones ejemplares”, declaró el especialista.
Nacional
Se viene la gratificación de julio
Por Jorge Carrillo Acostar, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School
En la primera quincena de julio y diciembre de cada año, más de 4 millones de trabajadores en planilla del sector privado reciben el pago de la gratificación. En este contexto, es necesario precisar algunos alcances importantes que todos debemos conocer.
¿QUIÉNES RECIBIRÁN LA GRATIFICACIÓN DE JULIO?
Tienen derecho a recibir gratificación aquellos trabajadores del sector privado que se encuentren en planilla, y los trabajadores del sector público bajo el régimen laboral de la actividad privada.
*¿CUÁNDO VENCE EL PLAZO PARA PAGAR LA GRATIFICACIÓN DE JULIO?
El plazo para el pago de dicho beneficio vence el lunes 15/07/24.
Las empresas que no realicen el depósito a tiempo, podrían recibir una multa que podría llegar a más de S/120,000, dependiendo del régimen laboral y el número de trabajadores afectados.
¿CUÁNTAS PERSONAS RECIBIRÁN LA GRATIFICACIÓN DE JULIO?
Se estima que más de 4 millones de personas recibirán la gratificación de julio de 2024.
El monto total de pago sería de S/10,000 millones aproximadamente.
¿CUÁNTO SERÁ EL MONTO DE GRATIFICACIÓN QUE RECIBIREMOS?
Si un trabajador estuvo desde el 01/01/24 en la planilla de una empresa, la gratificación será, en principio, el íntegro de 1 sueldo bruto.
Cabe resaltar que este monto no estará sujeto a ningún descuento (AFP, Impuesto a la Renta, etc.).
No obstante, si la persona trabajó solo 1 mes entre enero y junio de 2024, no recibirá la gratificación completa, sino una parte proporcional.
Adicionalmente, hay que recordar que también se recibirá una BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA del 9% del sueldo, correspondiente al aporte a ESSALUD.
Por lo tanto, eso significa que se recibirá un monto mayor al sueldo neto que normalmente se obtiene cada mes en el bolsillo.
Por ejemplo:
• Sueldo Bruto = S/2,000 Sueldo Neto = S/1,740, y la gratificación + bonificación será de S/2,180, lo que significa un 25% más del ingreso neto.
• Sueldo Bruto = S/3,000 Sueldo Neto = S/2,570, y la gratificación + bonificación será de S/3,270, lo que significa un 27% más del ingreso neto.
• Sueldo Bruto = S/4,000 Sueldo Neto = S/3,347, y la gratificación + bonificación será de S/4,360, lo que significa un 30% más del ingreso neto.
• Sueldo Bruto = S/5,000 Sueldo Neto = S/4,083, y la gratificación + bonificación será de S/5,450, lo que significa un 33% más del ingreso neto.
• Sueldo Bruto = S/10,000 Sueldo Neto = S/7,614, y la gratificación + bonificación será de S/10,900, lo que significa un 43% más del ingreso neto.
¿QUIÉNES NO RECIBIRÁN LA GRATIFICACIÓN?
No todos los regímenes laborales reciben gratificación:
• Los trabajadores de la pequeña empresa, reciben la mitad de este beneficio.
• Los trabajadores del sector público reciben un “aguinaldo” en vez de la gratificación, cuyo monto es de S/300 (lo determina el MEF).
• Los practicantes y jóvenes en formación laboral, reciben media subvención económica al cumplir 6 meses, lo cual no necesariamente se da en julio y diciembre.
• Los trabajadores de la microempresa, los independientes y los informales, no reciben gratificación.
Nacional
Nuevo retiro de la CTS empezaría a inicios de junio 2024
Por Jorge Carrillo Acostar, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School
En vista de que hoy, 02/05/24, el Pleno del Congreso aprobó la autógrafa de ley que permite la liberación del 100% de la CTS, y sobre la base de los plazos establecidos en las normas anteriores, estas serían las posibles fechas para cada una de las siguientes etapas:
1. Envío de la autógrafa del ley al Poder Ejecutivo: 03/05/24
2. Posible observación por parte del Poder Ejecutivo: 20/05/24 (15 días útiles)
3. Aprobación por insistencia de la ley por parte del Pleno del Congreso: 23/05/24
4. Promulgación de la ley en el Diario Oficial El Peruano: 24/05/24
5. Publicación del reglamento por parte del Ministerio de Trabajo: 03/06/24 (10 días calendario).
6. Inicio de los retiros: 04/06/24.
A diferencia de los retiros de los fondos de AFP, en el caso de la CTS la disposición del dinero se podría realizar desde el día siguiente a la publicación del reglamento, como ocurrió en 2021 y 2022.
Nacional
Monto máximo de devolución de impuestos, sustentando gastos personales, sube a S/4,635 para 2024
Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School
¿Cómo funciona la devolución de impuestos?
Desde el año 2017, todos los trabajadores formales dependientes (planilla, 5ta categoría) e independientes (recibos por honorarios, 4ta categoría) pueden acceder a la devolución (parcial o total) del Impuesto a la Renta que pagaron, siempre que sustenten correctamente algunos gastos personales.
Para ello, se ha establecido una lista de gastos personales, con un tope máximo de 3 UIT, que para 2024 asciende a S/15,450.
¿Cuáles son los gastos personales que permiten la devolución de impuestos?
A partir de 2021, se puede sustentar gastos personales, con el tope de 3 UIT, por los siguientes conceptos:
1. 30% del costo de alquiler formal de vivienda
2. 30% de los recibos por honorarios de médicos y odontólogos independientes
3. 30% de cualquier otro recibo por honorarios
4. 100% del pago a ESSALUD de trabajadores del hogar
5. 25% del consumo en restaurantes, hoteles, bares, cantinas y similares
6. 25% de las boletas o facturas por servicios turísticos y servicios de artesanos
7. 50% de los recibos por honorarios por servicios turísticos y servicios de artesanos
Todas estas medidas buscan fomentar la formalización, y a la vez apoyar a sectores específicos como turismo y restaurantes.
¿Cuánto se devolverá de impuestos a los trabajadores?
El monto a devolver dependerá del nivel de ingresos anuales del trabajador y del monto de gastos sustentados.
En este sentido, existe mucha confusión en la población, ya que se cree que los gastos personales que se sustenten será lo que SUNAT devuelva, lo cual no sucede en ningún caso (no es un reembolso de gastos, sino una devolución de impuestos).
Por ejemplo, si un trabajador gana S/5,000 mensuales en planilla y sustenta gastos por S/15,450 en 2024 (tope de 3 UIT), el monto a devolver no será de S/15,450, sino de S/1,728.
¿Cuánto es lo máximo que se devolverá por 2024?
Para este 2024, el monto máximo de devolución del impuesto a la renta del trabajo (4ta y 5ta categoría) será de S/4,635, gracias al incremento de la UIT.
No obstante, esta suma la alcanzaría solo aquella persona que sustente gastos personales por el tope de 3 UIT (S/15,450) y tenga un ingreso anual mínimo de S/283,245 (S/20,232 mensuales en promedio en planilla).
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