Nacional
Cajamarca: Asaltantes son atropellados tras asaltar empresa
Dos individuos, identificados como Marco López Guzmán y Cristián García fueron, detenidos después de ser impactados por una camioneta mientras intentaban huir tras cometer un asalto en una empresa cafetalera, en Cajamarca.
Una de las cámaras de seguridad del establecimiento capturó el momento en que el primer ladrón amenazó a un empleado con un arma de fuego exigiendo dinero.
Mientras tanto, afuera del lugar, un segundo delincuente esperaba en una motocicleta. Sin embargo, algunos metros más adelante, cayeron del vehículo y optaron por escapar a pie. Lo que no habían previsto era que una camioneta los embistiera, impidiendo su fuga.
Al presenciar la escena, algunos testigos se involucraron y sometieron a una violenta golpiza a los delincuentes. Poco después, las autoridades llegaron para restablecer el orden y trasladaron a los criminales a un centro de salud cercano. En el momento de su arresto, se les incautó un revólver y el total del botín, que ascendía a S/19,400.
Local
ERM 2026: Conadis recuerda medidas de accesibilidad para el voto de las personas con discapacidad
Más de 446 mil ciudadanos con discapacidad mayores de 18 años figuran en el padrón del Conadis y están habilitadas para ejercer su derecho al sufragio.
Con miras a los comicios del próximo 4 de octubre, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), recuerda a la población con discapacidad las herramientas y facilidades que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha dispuesto en los locales de votación para asegurar una jornada sin barreras.
Atención preferente: Las personas con discapacidad tienen prioridad al momento de emitir su voto, evitando esperas innecesarias.
Plantillas en Braille: En Lima Metropolitana y el Callao, los centros de votación contarán con plantillas especiales para quienes dominen este sistema, lo que permitirá marcar la opción de preferencia de manera independiente.
Voto asistido: Quienes requieran apoyo pueden ingresar a la cámara secreta acompañados por una persona de su confianza.
Módulos temporales de votación: Se mantiene el derecho de los electores a ingresar a la cabina de votación acompañados de una persona de su total confianza, en caso de requerir apoyo personalizado.
Ingreso de perros guía: Se permite e incentiva el libre acceso de personas con discapacidad visual acompañadas de sus perros guía o de asistencia a los locales y aulas de votación, garantizando su derecho al sufragio en igualdad de condiciones.
Según el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del Conadis (RNPCD), más de 446 mil personas con discapacidad mayores de 18 años están habilitadas para votar. Ante cualquier barrera que dificulte el ejercicio de este derecho, pueden comunicarla al coordinador del local de votación. Asimismo, la Red Alivia Perú, mediante la línea gratuita 1866, brinda orientación sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Nacional
Colegios restringirán uso de celulares en clases
El uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos similares estará restringido durante el desarrollo de las actividades educativas en los colegios públicos y privados de educación primaria y secundaria de todo el país, de acuerdo con una norma promulgada por el Ministerio de Educación (Minedu).
El Reglamento de la Ley N.° 32385, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU y publicado hoy en el boletín de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece que la restricción es de cumplimiento obligatorio para los estudiantes de las instituciones y programas de Educación Básica y comprende tanto las actividades que se desarrollen dentro de los locales educativos como aquellas que formen parte del servicio educativo fuera de sus instalaciones o del horario habitual de clases.
El reglamento tiene alcance nacional y se aplica a las instituciones educativas públicas y privadas de primaria y secundaria, así como a sus equivalentes en la Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial.
La regulación contempla situaciones especiales en las que los estudiantes podrán utilizar sus teléfonos celulares u otros dispositivos electrónicos similares.
Una de ellas corresponde al proceso de enseñanza y aprendizaje, cuando el dispositivo sea utilizado con fines educativos para desarrollar las competencias previstas en el Currículo Nacional de la Educación Básica. En estos casos, el uso deberá contar con autorización del director o docente a cargo y estar contemplado en la programación curricular.
También se permitirá el uso de estos dispositivos cuando el estudiante enfrente barreras educativas que limiten su acceso, permanencia, participación o desarrollo de competencias. La autorización deberá ser determinada por escrito por el director de la institución educativa, previa verificación de la necesidad.
Otra excepción está relacionada con problemas de salud, condiciones o discapacidad. En estos casos, el padre, madre o tutor deberá presentar ante la dirección de la institución educativa la documentación correspondiente emitida por un profesional de salud o el certificado de discapacidad que sustente la necesidad del uso del dispositivo.
Asimismo, el reglamento permite el uso inmediato del celular ante una situación de emergencia que comprometa la vida, integridad, salud o seguridad de los estudiantes u otras personas.
Colegios habilitarán espacios para guardar celulares
Para hacer cumplir la restricción, las instituciones educativas podrán adoptar las medidas que consideren necesarias y, si cuentan con los recursos disponibles, habilitar un espacio destinado a la custodia de los teléfonos celulares.
Las condiciones y el plazo máximo de custodia deberán estar establecidos en el reglamento interno del colegio. Como regla general, el dispositivo no podrá permanecer bajo custodia más allá de la jornada escolar, aunque, ante conductas graves o reiteradas y bajo criterios de gradualidad, razonabilidad y proporcionalidad, podría entregarse directamente al padre, madre, tutor o responsable del estudiante.
Cuando el colegio reciba un celular para su custodia, deberá adoptar medidas para garantizar su conservación y devolución, así como evitar el acceso a la información personal contenida en el dispositivo.
Información sobre restricción
Las instituciones educativas deberán colocar en un lugar visible, en el exterior de sus ingresos, un aviso que informe que el uso de celulares o dispositivos electrónicos similares durante las actividades educativas se encuentra restringido, salvo autorización expresa para fines pedagógicos o situaciones especiales contempladas en el reglamento.
En las instituciones cuya población beneficiaria hable una lengua indígena u originaria, el aviso también deberá colocarse en dicha lengua para garantizar la comprensión de la medida.
Además, los colegios deberán orientar a los estudiantes sobre el uso seguro y responsable de celulares y otros dispositivos, así como informarles sobre los beneficios y perjuicios asociados a su utilización. Los padres y tutores también recibirán orientación para contribuir a reducir la sobreexposición a internet, prevenir el ciberacoso y promover ambientes seguros y saludables.
¿Los profesores pueden revisar el contenido de los celulares?
El reglamento precisa que el monitoreo del cumplimiento de la restricción deberá realizarse respetando la dignidad y la intimidad de los estudiantes.
En ese sentido, la supervisión no implica revisar el contenido de los teléfonos celulares o dispositivos electrónicos similares. Asimismo, las medidas no podrán incluir tratos discriminatorios, humillantes u ofensivos.
Si el colegio detecta situaciones de ciberacoso, deberá aplicar los procedimientos establecidos en las normas sobre convivencia escolar y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes.
De igual manera, si advierte hechos que pudieran tener relevancia penal, como aquellos vinculados con delitos contra la intimidad, integridad personal o libertad sexual, deberá comunicarlo de inmediato a las autoridades competentes.
¿Qué pasa si un estudiante incumple?
Las medidas correctivas relacionadas con el uso de celulares deberán estar contempladas en el reglamento interno de cada institución educativa y ser compatibles con la Ley N.° 32385 y su reglamento.
Estas medidas deberán ser claras, oportunas, proporcionales a la falta, reparadoras y formativas, tomando en cuenta criterios como la razonabilidad, proporcionalidad, gradualidad y reiteración de la conducta. Los padres, madres o tutores deberán ser informados oportunamente de las medidas aplicadas.
Cumplimiento del reglamento
La norma también asigna responsabilidades a las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), que deberán monitorear y supervisar el cumplimiento de las disposiciones en los colegios de su jurisdicción.
Las Direcciones Regionales de Educación (DRE), por su parte, realizarán el seguimiento de las acciones de las UGEL y promoverán estrategias y alianzas con entidades públicas y privadas para impulsar el uso seguro y responsable de celulares y dispositivos electrónicos.
Asimismo, el Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Salud, realizará campañas dirigidas a directores, docentes, estudiantes, padres de familia y la comunidad educativa para promover competencias digitales seguras y responsables, así como prevenir el ciberacoso y otros riesgos asociados al uso de estos dispositivos.
Fuente: Andina
Nacional
Fiscalía investiga a policía por presunto feminicidio en agravio de su esposa en Ate
El Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Santa Anita-Ate inició investigación preliminar a un suboficial de tercera de la Policía Nacional, por el presunto delito de feminicidio en agravio de su esposa, Mariela Peralta, en el distrito de Ate.
De acuerdo a las diligencias efectuadas por la fiscal provincial Cecilia Oré Sosa, el agente policial Luis Sandoval habría efectuado un disparo a la cabeza de la víctima en el interior de un cuarto que alquilaban. El hecho ocurrió el último sábado, 26 de setiembre, días después de que la pareja contrajera matrimonio en Huánuco.
Desde el día de los hechos, se efectuó el levantamiento del cadáver y se practicó la necropsia médico-legal correspondiente al cuerpo de la agraviada, que certificó el deceso por proyectil de arma de fuego. Asimismo, se viene tomando la declaración de la hermana de la víctima y ya se recabaron los testimonios de los policías intervinientes y demás testigos.
Cabe precisar que se ha solicitado también a la División de Criminalística de la Policía Nacional que remitan los resultados de la prueba de absorción atómica para culminar las diligencias preliminares y evaluar la solicitud de la medida respectiva contra el investigado.
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